Servicio

Ley Karin, canal de denuncias e investigaciones internas

Implementamos el sistema de prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo que exige la Ley 21.643, y gestionamos canales de denuncia confidenciales con investigaciones objetivas y documentadas.

Ley 21.643Código del TrabajoCanal de denuncias

Por qué es relevante

La Ley 21.643, conocida como Ley Karin, rige desde el 1 de agosto de 2024 y obliga a todos los empleadores, sin importar su tamaño, a contar con un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, a incorporar un procedimiento de investigación en su reglamento interno y a informar y capacitar a sus trabajadores.

Las denuncias deben gestionarse con confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género, dentro de los plazos legales y con medidas de resguardo para las personas involucradas. Un error de procedimiento puede invalidar una investigación y exponer a la empresa a acciones de tutela laboral.

A quién aplica

  • Todo empleador del sector privado, con independencia del número de trabajadores.
  • Órganos de la Administración del Estado, con las adecuaciones de su régimen estatutario.
  • Empresas principales que coordinan trabajadores propios y de contratistas.

Qué hacemos

  • Diagnóstico de cumplimiento de la Ley 21.643.
  • Protocolo de prevención con identificación y evaluación de riesgos psicosociales.
  • Actualización del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
  • Procedimiento de investigación y medidas de resguardo.
  • Canal de denuncias confidencial, con acceso restringido y trazabilidad.
  • Investigaciones internas con informe fundado, con respaldo jurídico especializado.
  • Capacitación a gerencias, jefaturas, comités y trabajadores.
  • Indicadores de casos y reportes a la gerencia.

Entregables

Resultados concretos y verificables

Cada proyecto se cierra con documentación aprobada por la administración y evidencia que resiste una auditoría o una fiscalización.

Protocolo de prevención

Documento obligatorio adaptado a los riesgos de su organización.

Reglamento interno actualizado

Procedimiento de investigación y sanciones incorporados.

Procedimiento y formularios

Recepción, resguardo, investigación y cierre de denuncias.

Canal de denuncias operativo

Confidencial, con perfiles de acceso y registro de plazos.

Programa de capacitación

Contenidos por audiencia y evidencia de participación.

Panel de casos

Indicadores de denuncias, plazos y medidas adoptadas.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

Información general. No constituye asesoría legal para un caso particular.

Ver la metodología de trabajo

¿Las empresas pequeñas también están obligadas?

Sí. La Ley 21.643 aplica a todos los empleadores, con independencia de su tamaño o número de trabajadores.

¿Quién puede realizar la investigación de una denuncia?

La investigación puede realizarla la propia empresa o remitirse a la Dirección del Trabajo. Cuando la realiza la empresa, es frecuente apoyarse en investigadores externos especializados para reforzar la imparcialidad, siempre bajo las reglas y plazos del procedimiento interno.

¿Puede usarse un mismo canal para la Ley Karin y el Modelo de Prevención de Delitos?

Sí, y es recomendable, siempre que el canal permita clasificar los casos, restringir el acceso según el tipo de denuncia y aplicar los procedimientos y plazos propios de cada normativa.

Hagamos efectivo su cumplimiento con un modelo integral

Agende una reunión inicial sin costo. Revisaremos su situación, las normas que le aplican y las prioridades para avanzar con orden.